DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 12657
14 de diciembre, 2011
DFOE-IFR-0736
Señora
Rita Muñoz Sibaja
Secretaria General Junta Directiva
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL (COSEVI)
Estimada señora:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Consejo de Seguridad Vial.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de la
Junta Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me
permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma
de ¢34.893.175,3 miles.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes
documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron
aprobados por el Consejo de Administración, según consta en el acta de la sesión Nro.
2654-2011 celebrada el 24 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio Nro.
DE-2442-2011 del 30 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría
General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad
en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del
jerarca y los titulares subordinados, por lo que este análisis se fundamenta en las
certific ...
Fecha publicación: 22/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12630
14 de diciembre, 2011
DCA-3290
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato CB-004-2011 suscrito
entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S. A., producto de la
Licitación Pública No. 2010LN-000006-00100, para la compra de vehículos,por un
monto total de $827.667,75.
Damos respuesta a su oficio DE-2712-2011 mediante el cual remite para refrendo el contrato
CB-004-2011suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S.A., producto
de la Licitación Pública No. 2010LN-000006-00100 para la compra de vehículos tipo pick up con
tracción 4x2, y 3 vehículos microbuses tipo panel con conversión especial para detenidos.
Mediante oficio DE-3184-2011 de 5 de diciembre pasado, se remitió información adicional
producto de un requerimiento efectuado por parte de este Despacho.
Sobre el particular, ha de indicarse que una vez realizado el análisis del contrato número CB-
004-2011 sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos contenidos en el artículo 8 del
Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se estima que el
contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el refrendo correspondiente.
No obstante, se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica un análisis de
oportunidad, conveniencia o cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el citado
artículo 8 del citado reglamento.
Asimismo, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento de una
serie de consideraciones que se detallan a continuación:
1. Es responsabilidad de ese Consejo constatar que el contratista no se encuentre imposibilitado o
inhabilitado ...
Fecha publicación: 19/12/2011
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12613
13 de diciembre de 2011
DCA-3283
Señor
Erick Guzmán Vargas
Secretario a.i.
Tribunal Supremo de Elecciones
Estimado señor:
Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato celebrado entre el Tribunal Supremo
de Elecciones y SPC Internacional S.A., para la “compra de concentrador de fibra,
enrutadores, tarjeta de 48 puertos y otros, producto de la Licitación Pública 2011LN-
000119-85002, por un monto de $409.119.74.
Nos referimos a su oficio STSE-3418-2011 de fecha y recibo, 29 de noviembre del 2011,
mediante el cual remite para trámite de refrendo, el contrato indicado en el asunto.
El contrato anteriormente citado, es refrendado bajo los siguientes comentarios y
condicionamientos:
I. Antecedentes:
De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes
documentos y aspectos de interés:
1. Que de acuerdo con el acto de adjudicación, del 27 de setiembre del 2011 se adjudicó a SPC
Internacional S.A., las líneas 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la licitación de marras, lo
anterior visible a folios 465 a 457 y la comunicación de dicha adjudicación, se dio mediante
publicación en el Diario Oficial La Gaceta 190 del 4 de octubre del 2011, ver folio 466 del
expediente administrativo.
2. Que con vista en la certificación de contenido presupuestario, visible a folio 471 del expediente
administrativo, emitida por Carlos Umaña Morales, se cuenta con el disponible presupuestario
suficiente, para cubrir las erogaciones que demande la presente contratación.
3. Que de conformidad con lo señalado en el cartel, la empresa adjudicataria, aportó la suma de
¢519.950 por concepto de especies fiscales, (ver entero bancario adjunto al contrato) y por
concepto de garantía de cumplimiento aportó la suma de ¢20.456 (ver folios 469 y 470 del
expediente administr ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12562
13 de diciembre, 2011
DCA-3278
Señor
Alejandro Bermúdez Mora
Secretario
Tribunal Supremo de Elecciones.
Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato y adenda N° 1 para la Compra de
Servidores de Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre ese
Tribunal y la empresa Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN-
000104-85002).
Estimado señor:
Damos respuesta a sus oficios N° STSE-2913-2011 del 03 de octubre y N° STSE-3228-
2011 del 8 de noviembre del año en curso, mediante los cuales solicita refrendo contralor y
brinda información adicional respecto al contrato y adenda N° 1 para la Compra de Servidores de
Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre esa Administración y la empresa
Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN-000104-85002).
Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación, según lo establecido por el
artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública,
sobre el alcance del análisis del contrato, se devuelve los documentos de mérito debidamente
refrendados, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad
exclusiva del señor Alejandro Bermúdez Mora, en su condición de Secretario del Tribunal
Supremo de Elecciones. En caso de que el señor Bermúdez Mora no resulte competente para
verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda a ejercer el control
sobre los condicionamientos señalados a continuación:
1. Es responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido presupuestario suficiente a
efectos de enfrentar la erogación correspondiente a esta contratación, de conformidad con
2
certificación N° 69 del 14 de noviembre del 2011 ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 12001
29 de noviembre, 2011
DFOE-IFR-0702
Señora
Patricia Montero Acuña
Auditora Interna
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Estimada señora:
Asunto: Respuesta al oficio AI.-11658 sobre el Fondo de Seguridad Vial y las
competencias de Consejo de Seguridad Vial y el Consejo de Transporte
Público en relación con la revisión técnica.
Se da respuesta al oficio AI.-11658 de 7 de octubre de 2011 mediante el cual nos
consulta el “alcance de la gestión administrativa y la utilización de los recursos del Fondo
de Seguridad Vial por parte del Consejo de Seguridad Vial, producto de lo que establece
la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres No. 7331 de 13 de abril de 1993 y sus
reformas, en lo que a materia de revisión técnica se refiere”
I. Criterio del Despacho
El Consejo de Seguridad Vial se creó mediante la Ley de Administración Vial
Nº 63241, modificada por la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres Nº 73312, el
cual es un órgano con desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Obras Públicas
y Transportes (MOPT) y personería jurídica instrumental para efectos de administrar el
Fondo de Seguridad Vial y con independencia funcional y administrativa.
El artículo 9 de la citada Ley Nº 6324, indica que las atribuciones del Consejo son:
conocer los análisis de los asuntos referentes al tránsito, para identificar problemas de
seguridad vial y hacer las recomendaciones que estime pertinentes; conocer y aprobar
orientaciones, prioridades y proyectos para programas de promoción de la seguridad vial;
administrar el Fondo de Seguridad Vial y asignar las sumas necesarias para los
programas y proyectos de seguridad vial q ...
Fecha publicación: 07/12/2011
Fecha emisión: 29/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11938
29 de noviembre, 2011
DCA-3140
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato CB-010-2010
suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor S. A.,
producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-00100, para la
compra de vehículos pick up con tracción 4x4, doble cabina, por un monto
total de $301.865, 25
Damos respuesta a su oficio DE-2601-2011 mediante el cual remite a refrendo el
contrato CB-010-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor
S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000005-00100 para la compra de
vehículos tipo pick up con tracción 4x4, doble cabina por un monto total de $301.865, 25
Mediante oficios No. DE-3061-2011 y DEPROV-613-2011 se remitió información
adicional producto de un requerimiento efectuado por parte de este Despacho.
Sobre el particular, ha de indicarse que una vez realizado el análisis del contrato
número CB-010-2010 sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos contenidos
en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración
Pública, se estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el refrendo
correspondiente.
No obstante, se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica un análisis
de oportunidad, conveniencia o cualquier otro aspecto no contemplado expresamente en el
citado artículo 8. Tampoco involucra una revisión integral del contenido del expediente
administrativo y de lo actuado por la Administración.
Asimismo, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento
de una serie de consideraciones que se detallan a continuación:
1. Es ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11717
24 de noviembre, 2011
DCA-3102
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo de manera condicionada al contrato número CB-005-
2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor
S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000007-00100 para la
compra de vehículos grúas tipo plataforma por el monto total de
$1.032.500,00.
Nos referimos a su oficio No. DE-2598-2011 mediante el cual remite a refrendo el
contrato número CB-005-2010 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa
Purdy Motor S.A., producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000007-00100 para la
compra de vehículos grúas policiales tipo plataforma por el monto total de $1.032.500,00
Sobre el particular, ha de indicarse que luego de efectuado el análisis del contrato
sometido a aprobación, de conformidad con los supuestos taxativos contenidos en el artículo
8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se
estima que el contrato se ajusta a lo allí contemplado y se otorga el correspondiente refrendo.
Se advierte que dada la naturaleza del refrendo, éste no implica de manera alguna un
análisis de oportunidad, de conveniencia, ni de cualquier otro aspecto no contemplado
expresamente en el citado artículo 8, ni involucra una revisión integral del contenido del
expediente administrativo y de lo actuado por la Administración.
No obstante, el otorgamiento del refrendo se encuentra condicionado al cumplimiento
de una serie de consideraciones detalladas a continuación:
1. Es responsabilidad de ese Consejo constatar que el contratista no se encuentre
imposibilitado o inhabilitado para contratar con la Administración, tanto previo a la emisión
de la orden de com ...
Fecha publicación: 29/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11188
11 de noviembre de 2011
DCA-2983
Señora
Silvia Bolaños Barrantes
Directora Ejecutiva
Consejo de Seguridad Vial.
Estimada Señora:
Asunto: Se autoriza al Consejo de Seguridad Vial, a implementar las siguientes contrataciones
directas concursadas: 1) Compra de unidades de dispositivos móviles con su respectiva
impresora para la confección y registro de las infracciones a la Ley de Tránsito por Vías
Públicas Terrestres con sus respectivas actualizaciones por un monto de ¢480.000.000,00
y ¢32.000.000,00. 2) Compra de Chalecos antibalas para los oficiales de tránsito ¢
101.400.000,00. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 bis de la Ley
de Contratación Administrativa y el artículo 138 de su Reglamento.
Damos respuesta a sus oficios N° DE-2011-2309 del 23 de setiembre, DE-2496-2011 del 05 de
octubre, DEPROV-499-2011 del 25 de octubre y DE-2011-2756 del 28 de octubre, todos del año en curso,
mediante los cuales solicita autorización y brinda información adicional, en relación con la solicitud de
contratación directa para las siguientes compras: 1) Adquisición de unidades de dispositivos móviles con
sus impresoras y actualizaciones, implementación del proyecto de Equipamiento del Taller de la
Especialidad Técnica de Diseño Publicitario, 2) Compra de Chalecos antibalas para los oficiales de
tránsito y 3) Construcción de un edificio para la Asesoría en Tecnología de la Información.
I.- Justificación de la solicitud
1.- Se indica por parte del Consejo de Seguridad Vial -COSEVI- que a efectos de implementar un uso
racional y eficiente de sus recursos, procura que el superávit específico de cada año se destine a la
atención urgente de proyectos de seguridad vial y actividades sustantivas, situación que se ha dado con
recursos del año 2010 y ante la cual se solicitó autorización a la Secretaria Técnica de la Auto ...
Fecha publicación: 16/11/2011
Fecha emisión: 11/11/2011
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11167
11 de noviembre, 2011
DCA-2975
Señores
Dennis Cascante Hernández
Director General de Estrategia Tecnológica
Francisco Rodríguez Siles
Director Ejecutivo
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Estimados señores:
Asunto: Se deniega autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contratar en forma
directa el uso de licencias de software bajo el sistema Enterprise Agreement, con la
empresa Microsoft representada por MSLI LATAM Inc.
Damos respuesta a su oficio DGET-116-2011 de fecha 19 de setiembre del año en curso,
complementado con los oficios DGET-135-2011 del 11 de octubre y DGET-154-2011 del 18 de
octubre último, mediante el cual solicita la autorización de esta Contraloría General para que el
Tribunal Supremo de Elecciones pueda contratar en forma directa el uso de licencias de software
bajo el sistema Enterprise Agreement, con la empresa Microsoft representada por MSLI LATAM
Inc.
I. Antecedentes:
Mediante el oficio No. 6649 DCA-1977) del 3 de julio del 2008, esta División otorgó una
autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contrata en forma directa el arrendamiento de
licencias de Microsoft, bajo el esquema Enterprise Agreement. Dicha autorización se otorgó por un
plazo máximo de tres años.
El contrato producto de dicha autorización fue refrendado mediante el oficio No. 11677
(DCA-3549) del 5 de noviembre del 2008.
II. Justificaciones de su solicitud:
Como razones dadas para justificar la solicitud, nos indica lo siguiente:
2
Que actualmente el Tribunal Supremo de Elecciones cuenta con un contrato de licenciamiento
de software por volumen denominado Enterpirse Agreement, con la empresa MSLI LATAM Inc,
negociado a través de Microsoft de Centroamérica S.A., lo que ha permitido que la institución
aproveche una serie de condiciones ben ...
Fecha publicación: 13/11/2011
Fecha emisión: 10/11/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Tesauro: Contrataciones autorizadas por Contraloría General de la República
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11033
8 de noviembre de 2011
DCA-2928
Licenciado
Alejandro Bermúdez Mora
Secretario
Tribunal Supremo de Elecciones
Fax 2255-0213
Estimado señor:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato número al contrato número 2011-000016-000 para
la Compra de Equipo para Tarjeta de Identidad de Menores (TIM), suscrito entre el Tribunal
Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones – ABM, de la Licitación Publica Nº 2011LN-
000041-85001.
Nos referimos a su oficio número STSE-2928-2011, de fecha 5 de octubre de 2011,
adicionado por medio del oficio nº STSE-3210-2011, mediante los cuales solicita a este órgano
contralor el refrendo al contrato antes indicado, gestión que se ampara en los artículos 184 de la
Constitución Política y en el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional
respectivo al contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las
cuales queda sujeto el presente refrendo.
I.- Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los
aspectos siguientes:
1.-Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado
Carlos A. Umaña Morales, Contador del Tribunal Supremo de Elecciones, de fecha 2 de
noviembre de 2011, por los montos de 136.548.148,00 colones y 7.381.595,00 colones, recibida
en esta división el día 4 de noviembre de 2011, mediante el oficio nº STSE-3210-2011. En este
sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la
acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los
recursos certificados en el objeto de esta contratación (oficio nº STSE-3210-2011 de fecha 4 de
noviembre de 2 ...
Fecha publicación: 11/11/2011
Fecha emisión: 08/11/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS